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En ACN es posible d ’ ejercer bajo distintos estatutos sociales, el utilizada siendo el de VDI (Vendedor a domicilio Independiente)

 

 

¿Qu ’ es qu ’ un VDI?

 

Es un estatuto bastante reciente (ley Madelin 1993).

 

Encarga al vendedor independiente de la comercialización de los bienes y servicios d ’ una empresa directamente d ’ un consumidor, usuario final de estos productos y servicios, a su domicilio, en su lugar de trabajo o a l ’ ocasión de reuniones.

 

Se les asimila “asalariados”, c ’ est-à-dire qu ’ se tratan como asalariados para la seguridad social (con un cálculo especial de las cargas sociales) y como no asalariados en derecho del trabajo.

 

Si la actividad del vendedor independiente se vuelve importante, o la empresa que los emplea puede decidir emplearlos como asalariado, o se convierte en un verdadero independiente en s ’ que inscribe entonces al registro mercantil o al registro agentes comerciales.

 

Para incluir, es necesario conocer los dos estatutos restantes aplicables a todo vendedor a domicilio (o no por otra parte):

 

-         el estatuto asalariado (VRP o no): un contrato de trabajo regula las relaciones. impone al vendedor afecta salarios y como tal por la administración fiscal. El derecho es el del código del trabajo.

 

-         el estatuto de independiente “total” con inscripción al Registro del Comercio y las Sociedades o al Registro Especial de los Agentes Comerciales. No son pues asalariados (pagan sus cargas ellos mismos).

 

 

Inscribese al Vendedor a domicilio Independiente ejerce su actividad autónoma, pero de vez en cuando, sin al Registro del Comercio y las Sociedades o al Registro Especial de los Agentes Comerciales (ley n° 93-121 del 27 de enero de 1993).

 

Se le considera como un asalariado para la seguridad social y como un no asalariado en derecho (estatuto idéntico al de los gerentes minoritarios de SARL o Presidentes de SU).

 

En calidad de trabajador independiente, el vendedor n ’ no es vinculado por un contrato de trabajo a l ’ empresa que le confía la comercialización de sus productos. A este respecto, actúa fuera de todo vínculo de subordinación y dispone así d ’ autonomía que le permite determinar libremente l ’ organización de su trabajo y l ’ ancha de su actividad.

 

El vendedor independiente determina personalmente el momento y la duración de su actividad, sus objetivos financieros, sin recibir Directiva de l ’ empresa cuyos servicios comercializa los productos o. Esta actividad puede pues ejercerse a tiempo completo o a tiempo parcial, de manera habitual u ocasional.

 

¿A partir de qué límite máximo un vendedor “ asimilado asalariado ” debe pedir su matriculación en calidad de trabajador independiente?

 

Lorsqu ’ ejerció l ’ actividad de venta a domicilio durante tres años civiles completos y consecutivos del del 1 de enero al 31 de diciembre, incluso de manera intermitente, y que extrajo, para cada una de estos tres años, un ingreso bruto superior al 50% del límite máximo anual de la seguridad social.

 

L ’ inscripción al Registro del comercio y las sociedades o al Registro especial de los agentes comerciales es entonces obligatorio a partir del 1 de enero que sigue.

 

Textos de referencia

Artículos L121-21 y siguientes del Código del Consumo (reglamentación de la venta a domicilio)

Ley del 27 de enero de 1993 que lleva Distintas Disposiciones d ’ Orden Económico y Financiero (estatuto del vendedor a domicilio “ asimilado asalariado ”)

 

Situación fiscal

 

Los VDI se imponen de conformidad con l ’ impuesto sobre la renta en la categoría de los BNC (Beneficios no Comerciales) s ’ son mandatarios y Beneficios Industriales y Comerciales (BOLÍGRAFO) s ’ ellos son comprador-minoristas o agentes.

Generalmente, l ’ administración tiende a calificar su renta de BNC (Beneficios Industriales y Comerciales) y está incluido pues en el régimen “micro emprendida”.

Pedir el formulario n° 2042 C (línea NP) a su centro de los impuestos.

Estas rentas de prestaciones de servicios benefician a d ’ una disminución del 50%.

 

 

Cotizaciones sociales

 Si el vendedor a domicilio y l ’ empresa son d ’ acuerdo, pueden optar por un sistema global de cálculo de las cotizaciones sociales. La empresa preconiza a menudo la adopción de este régimen global. C ’ es el caso en ACN, que toma a la fuente alrededor del 5% de las comisiones para pagarlos a l ’ URSSAF.

 

Por lo tanto, ser representante ACN da derecho automáticamente a una protección social.

En virtud del artículo L311-3, 20° del código de la Seguridad Social (codificando la ley n° 93-121 del 27 de enero de 1993 que crea un estatuto social particular para los VDI), se somete a los vendedores ejerciendo con carácter ocasional al régimen general de Seguridad Social, a la condición deliberada que no estén inscritos ni al Registro mercantil, ni al Registro de los Agentes Comerciales.

 

Éste permite entre otras cosas, ejercer esta actividad y no inscribirse al RCS antes de haber alcanzado algunos límites máximos de rentas, estando vinculado al mismo tiempo al régimen general de la Seguridad Social.

 

Se pagan sus cargas sociales a prorrata de lo que se ganó, como un asalariado…

 

¡SI NO GANA NADA, PAGA NADA!

 

Por otro lado un parado puede tomar una actividad de VDI conservando al mismo tiempo una parte de sus subsidios de desempleo, en cuanto las rentas generadas no superan un 70% de sus rentas previas.

 

 

 

 

Cuando desea hacerle registrar como sociedad o empresa (Sociedades comerciales (SARL, SU, EURL, SNC…)) o en tanto qu ’ agente, puede contactar el CFE (centro de los trámites de las empresas). www.cm-paris.fr

El estatuto VDI y ACN
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